El Fondo del Despido
El fondo de capitalización, esto es el fondo del despido, es un depósito que los trabajadores podrán utilizar, en caso de que sea aprobado, en supuestos de despido del mismo modo que se hace en el modelo laboral austriaco. El debate de las negociaciones se va a centrar en el pago que el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) realizará por los ocho días por año trabajado en caso de despidos procedentes, en caso de que se realicen por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, independientemente de que sean colectivos o individuales. Sin embargo, se contempla la posibilidad de pagar también en caso de despidos improcedentes lo que podría contribuir, o se da a enternder que puede contribuir, a abaratar los gastos de las empresas y/o empresarios en estos momentos de crisis. Pero de momento, con este fondo el trabajador tendrá derecho a hacer efectivo el abono de las cantidades acumuladas en el fondo de capitalización en los supuestos de despido, de movilidad geográfica, para el desarrollo de actividades de formación o en el momento de su jubilación.
El modelo austriaco se basa en la dotación por parte de las empresas de un fondo para cada trabajador que se abona en caso de despido, manteniendo el trabajador el derecho de cobro con independencia de que cambie de empresa. Es el establecimiento de un seguro a cargo de la cotización de las empresas, que se acumularán por cada año de trabajo la cuantía aproximada de la indemnización por despido procedente.
En caso de que el trabajador no sea despedido, el fondo del despido personal pasaría a engrosar la cuantía de la pensión en caso de jubilación. Aunque resulta, a primera vista, ventajoso para el trabajador pero que supondrían un insostenible aumento de los costes laborales; habría que aumentar las cotizaciones, impidiendo el favorecimiento de los contratos de menor cualificación y el afloramiento de la economía sumergida.