define('DISABLE_WP_CRON', 'true'); Despido Laboral | Indemnizacion por Despido Improcedente

   

Despido Laboral


El despido laboral puede darse por dos causas, imputables al trabajador u objetivas de la empresa.

Si las causas son imputables al trabajador estariamos ante un despido disciplinario, es decir, se dará por un incumplimiento por parte del trabajador. Las causas de un despido laboral no pueden recogerse en el contrato, sino que estarán reguladas en el convenio y subsidiariamente en el Estatuto de los Trabajadores. Es precisa la gradualidad, es decir, hay otra amonestaciones con las que el empresario puede castigar un mal comportamiento del trabajador antes de llegar al despido, estas pueden ser: amonestación verbal, amonestación por escrito, suspensión de empleo y suspensión de empleo y sueldo. Ante este despido el trabajador puede defenderse mediante un expediente contreadictorio, asi como mediante los representantes.

Los incumplimientos contractuales por los que se puede llegar al despido disciplinario van desde las faltas repetidas de asistencia, o la desobediencia, incluyendo las ofensas verbales o físicas, pasando por la transgresión de lo estipulado o la disminución en el rendimiento en el trabajo, sin olvidar la embriaguez plena o el acoso sexual.

Por otro lado, las causas objetivas son la la ineptitud sobrevenida del trabajador a la hora de realizar las tareas inherentes a su trabajo, su falta de adaptación a modificaciones técnicas o de asistencia al trabajo justificada; y las causas económicas, organizativas, económicas y de producción. Estas últimas son las más utilizadas por las empresas, así como la transgresión de lo establecido en el contrato.

Si el trabajador no está de acuerdo con el despido laboral, el juez lo podrá calificar como: despido nulo, despido procedente o despido improcedente.