define('DISABLE_WP_CRON', 'true'); CALCULO DE NOMINAS | Indemnizacion por Despido Improcedente

   

Calculo Nominas


La nómina es el recibo del salario que percibe un trabajador y en él acredita la empresa el pago del sueldo de éste, donde se recogen además las deducciones que se le realizan sobre el salario; básicamente las cuotas a la Seguridad Social y las retenciones a cuenta del IRPF. Es obligación legal para las empresas la entrega de las nóminas, existiendo un modelo oficial aunque las empresas pueden utilizar otros, de similar forma. La nómina está compuesta por tres grandes bloques: encabezamiento, devengos y deducciones.

En el encabezamiento deben constar los datos de la empresa -nombre o razón social, domicilio y número de la Seguridad Social- así como del trabajador al que le pertenece la nómina -nombre y apellidos, número de afiliación a la Seguridad Social-. Dentro de los datos del trabajador hay que destacar tres datos clave para el cálculo:

- La categoría profesional, elemento determinante para la base, y para determinar si el puesto del trabajador se envuadra dentro de las funciones descritas para cada categoría en el convenio colectivo que le corresponde por sector.
- El puesto de trabajo que indica la tarea que realiza el trabajador, específicamente.
- La antigüedad en la empresa, que influye en los pluses por antigüedad, las indemnizaciones por despidos u otros.

Dentro del segundo bloque de la nómina se recoge lo que recibimos, donde se engloban los devengos, es decir, las cantidades que debe percibir el trabajador por diferentes conceptos. El salario base no viene establecido por la empresa sino que cada categoría tiene fijado uno en el convenio, lo que marca la diferencia son los complementos salariales que pueden ser: personales; derivados de las condiciones del trabajador (antigüedad, conocimientos especiales y todos aquellos que la empresa considere para mejorar el sueldo); por el puesto de trabajo (pluses asociados a algunos puestos por peligrosidad, trabajar en horarios nocturno, etc); por calidad o cantidad de trabajo (rendimientos u objetivos conseguidos, horas extras y demás); de vencimiento periódico superior al mes (pagas extras y posibles beneficios en la empresa); y en especie (casa, manutención y otros). Dentro de los devengos deben incluirse, si se obtienen, las percepciones de carácter asistencial y acción social de la empresa, que no forman parte del salario pero que cotizan a la Seguridad Social, estos son, las ayudas por hijos, los permisos nupciales, los comedores, etc. En último lugar, y dentro de este bloque, se incluyen las percepciones que no cotizan a la Seguridad Social, las percepciones no salariales como las dietas de viaje, los gastos de locomoción, pluses de distancia y las indemnizaciones por traslados.

En el último bloque se recoge lo que se descuenta, a la remuneración total (resultado de sumar las cantidades anteriores) hay que descontarle lo que se debe pagar por IRPF y Seguridad Social, esto es, las deducciones. La cantidad a ingresar en la Seguridad Social se divide en contingencias comunes (4,70% del salario para todos los trabajadores) y en desempleo y formación profesional (1,65% para trabajadores con contrato indefinido y 1,70% para los contratos temporales). Pueden darse otro tipo de deducciones, que no afectan a la totalidad de los trabajadores.

Por tanto, la cantidad total a percibir por cada trabajador será el restultado de restar al total devengado el total de las deducciones.